Una vez dictada una orden de manutención de los hijos o de custodia/visitas por un tribunal de Nuevo México, se puede solicitar su modificación (cambios).
Si se solicita una modificación de la manutención de los hijos (ya sea un incremento o una reducción), normalmente se siguen las Pautas de manutención de los hijos. La modificación del monto de manutención de los hijos es posible cuando hay cambios considerables y sustanciales en las circunstancias. Si, luego de hacer un nuevo cálculo, el monto del mantenimiento de los hijos aumenta o disminuye en más del 20% del pago actual de manutención (es decir, si el pago actual es de $240 y el nuevo cálculo es de $150) y ha pasado más de un año desde que se dictara la orden anterior de manutención, esto se considera un tipo de “cambio considerable y sustancial”. Para modificar una orden de manutención de los hijos, se debe llenar la Hoja de cálculo de manutención de los hijos.
Las leyes de Nuevo México suponen que la “custodia compartida” es lo mejor para los hijos. Custodia compartida significa que ambos progenitores toman decisiones legales (es decir, sobre la escuela, el médico, el dentista, las actividades en que los hijos participan), pasan tiempo con los hijos y participan en la vida de esos niños. Custodia compartida NO necesariamente significa tiempo equitativo, donde los hijos pasan la mitad del tiempo con un progenitor y la otra mitad con el otro progenitor. Es posible que haya un régimen de visitas con tiempo equitativo en la custodia compartida, pero también es posible que haya otras disposiciones. El juez no podrá ordenar la custodia equitativa a menos que un terapeuta o un psicólogo así lo recomiende.
Cuando los arreglos de custodia o visitas de los hijos ya no funcionan para los padres, estos pueden pedir una modificación. El Tribunal tiene autoridad continua para modificar las órdenes de custodia en cualquier momento. Hay dos maneras en que esto puede suceder. Ambos progenitores pueden dar su consentimiento para la modificación en cualquier momento. Si los progenitores están de acuerdo, se puede presentar una petición y una orden propuesta que será examinada por el Juez antes de que se dicte una orden final. Si las partes no están de acuerdo, se puede presentar una petición y el Juez podrá examinar el asunto. Las partes también pueden optar por los servicios de mediación a través de la Clínica Jurídica.