Los empleadores pueden llamar a la División de administración del jurado para verificar las horas que el empleado esté prestando servicio como jurado. Por su parte, la División de administración del jurado les hará saber si el empleado ha llegado a prestar servicio, a qué hora llegó y a qué hora se dio por concluido su servicio. La División de administración del jurado, o el alguacil del juez que presida el caso, le dará a usted una carta de asistencia cada vez que usted se presente, para garantizar que no haya discrepancias.